Mosconi 2800 |URQ3999

Principal

Precio: $ 360.000
Operacion: Alquiler
Tipo: Departamento
Barrio: Villa Pueyrredón
Antigüedad: 1 años
Baños: 1
Ambientes: 1
Estado: Excelente
Orientación: Norte
Cocheras: 1
Disposición: Frente
Sup. Propia: 47,95 m2
Sup. Cubierta: 41,30 m2
Sup. Balcón: 6,65 m2

Departamento divisible con cochera cubierta Nº9 y baulera 13 ambas en SS. TERRAZA Y PARRILLA uso comun en piso 10. Maxima luminosidad. Muy buena visuales y ventilación. Requisitos: Actualizacion semetral por IPC. 1 mes adelanto, 1 mes deposito en dolares Ingresos en blanco bajo relación de dependencia con antiguedad equivalentes a 3 veces valor alquiler mas expensas. Garantia propietaria de CABA de familiar directo o seguros de caucion. **Art. 4 de la Ley 5.859 de C.A.B.A.: Incorpórase como inciso 8 del artículo 10 de la Ley 2340 (texto consolidado según Ley N° 5666): para los casos de alquiler de vivienda, el monto máximo de comisión que se le puede requerir a los propietarios será el equivalente al cuatro con quince centésimos por ciento (4,15%) del valor total del respectivo contrato. Se encuentra prohibido cobrar a los inquilinos que sean personas físicas comisiones inmobiliarias y gastos de gestoría de informes".. **Las medidas y los metrajes consignados son aproximados y las medidas definitivas surgirán del titulo de propiedad**

Caracteristica

  • Apto Profesional
  • Cochera
  • Balcón

Detalle

  • Agua caliente: Termotanque electrico
  • Aire Acondicionado: si
  • Amenitie: sum con parrilla
  • Amenitie: solarium
  • Ascensor: 1
  • Balcón: 4,75x1,4
  • Baños: 1 completo
  • Baulera: si
  • Calefacción: aire frio calor
  • Cantidad Pisos: 9
  • Ca­ñeria: nuevas
  • Cochera: cubierta SS Nº9
  • Cocina: incorporada
  • Deptos. por Piso: 4
  • Entrada: excelente
  • Expensas: 39530
  • Lavadero: instalacion cocina
  • Living: 7,9x5,2 divisible
  • Palier: comun
  • Placards: si
  • Tipo Pisos: porcelanatto

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Mapa

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Inciso 8 del artículo 10 de la Ley 2340 (texto consolidado según Ley N° 5666). Para los casos de alquiler de vivienda, el monto máximo de comisión que se le puede requerir a los propietarios será el equivalente al cuatro con quince centésimos por ciento (4,15%) del valor total del respectivo contrato. Se encuentra prohibido cobrar a los inquilinos que sean personas físicas comisiones inmobiliarias y gastos de gestoría de informes", segun Art.4 de la Ley 5.859 de C.A.B.A.