Guise 1900 |ALT2115

Principal

Precio: $ 290.000
Operacion: Alquiler
Tipo: Departamento
Barrio: Palermo
Antigüedad: 50 años
Baños: 1
Ambientes: 1
Estado: Excelente
Orientación: Norte
Disposición: Contrafrente
Sup. Propia: 38,46 m2
Sup. Cubierta: 38,46 m2

Excelente y amplio monoambiente. Oportunidad UNICA en inmejorable ubicación dentro del corazón de Palermo. A metros del boulevard Charcas, Av Coronel Diaz, shopping Alto Palermo y diversos medios de transporte como la estación Bulnes de la línea D de subte. Edificio de estilo con escaleras de mármol. La unidad cuenta con excelente luminosidad en todo el departamento con vista abierta al contrafrente recibiendo el sol de la tarde. Por la amplitud de su espacio, este monoambiente es ideal para sectorizar de manera bien definida los espacios de uso. Piso de parquet en excelente estado. Cocina independiente con conexión para lavarropas y baño renovado. Ideal estudiantes. Apto profesional (Portero eléctrico APTO para abrir desde el departamento). NO apto mascotas. El edificio no cuenta con accesibilidad para personas con movilidad reducida (ley 5115). Claudio J. García Alvarenga. Matrícula N°3738 CUCICBA. LEY 5859 – ART. 5 “Se encuentra prohibido cobrar comisiones inmobiliarias y gastos de gestoría de informes a los inquilinos que sean personas físicas. Para los casos de alquiler devivienda, el monto máximo de comisión que se le puede requerir a los propietarios será el equivalente al cuatro con quince centésimos por ciento (4,15%) del valor total del respectivo contrato”

Detalle

  • Agua caliente: Central
  • Aire Acondicionado: Si
  • Ascensor: 1
  • Baños: Completo
  • Cantidad Pisos: 9
  • Cocina: independiente
  • Deptos. por Piso: 4
  • Entrada: Muy Buena
  • Expensas: 89.650 Mar 2024
  • Living: 9x4
  • Placards: si
  • Tipo Pisos: Parquet

Mapa

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Inciso 8 del artículo 10 de la Ley 2340 (texto consolidado según Ley N° 5666). Para los casos de alquiler de vivienda, el monto máximo de comisión que se le puede requerir a los propietarios será el equivalente al cuatro con quince centésimos por ciento (4,15%) del valor total del respectivo contrato. Se encuentra prohibido cobrar a los inquilinos que sean personas físicas comisiones inmobiliarias y gastos de gestoría de informes", segun Art.4 de la Ley 5.859 de C.A.B.A.